CAE para Comunidades de Propietarios 2026

Guía completa sobre cómo obtener Certificados de Ahorro Energético en actuaciones de edificios: SATE, caldera central, LED en zonas comunes y ventanas. Cuánto cobra la comunidad y cómo tramitarlo.

Última actualización: febrero 2026

¿Pueden las comunidades de propietarios obtener CAE?

Sí. Las comunidades de propietarios son uno de los beneficiarios más importantes del sistema CAE. Cuando la actuación afecta a elementos comunes del edificio (fachada, cubierta, caldera central, portal, garaje), la comunidad actúa como propietaria del ahorro y cobra el importe del CAE en su cuenta.

Los importes pueden ser muy significativos: desde 500€ por iluminación LED en zonas comunes hasta más de 40.000€ por la sustitución de una caldera central en un edificio grande. El CAE puede financiar parte de la derrama o constituir el fondo de reserva de la comunidad.

El proceso requiere la documentación habitual de la obra y la identificación de la comunidad como propietaria del ahorro. Un administrador de fincas o el presidente puede gestionar la tramitación con ayuda de un Sujeto Delegado acreditado.

Actuaciones elegibles para comunidades

Estas son las actuaciones más habituales que generan CAE en comunidades de propietarios:

Rehabilitación de fachada (SATE)

Sistema de aislamiento térmico exterior sobre la fachada del edificio. Ficha RES010. El aislamiento cubre la envolvente completa del edificio, maximizando el ahorro.

Ficha: RES0108.000 – 20.000 €

Sustitución de caldera central

Cambio de caldera central de gas o gasóleo por aerotermia o biomasa para calefacción y ACS colectiva. Ficha RES060 o RES050.

Ficha: RES060 / RES05015.000 – 40.000 €

Iluminación LED en zonas comunes

Sustitución de luminarias en portal, escaleras, garaje y zonas comunes. Fichas TER e IND según uso. Tramitación sencilla y rápida.

Ficha: TER/IND LED500 – 1.200 €

Sustitución de ventanas del edificio

Cambio de ventanas en todas las viviendas o en zonas comunes. Ficha RES070. Importes acumulados por número de unidades sustituidas.

Ficha: RES0702.000 – 8.000 €

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¿Cuánto cobra la comunidad por el CAE?

Estimaciones orientativas según el tipo de actuación y el tamaño del edificio:

Comunidad pequeña — LED zonas comunes

8 viviendas, sustitución luminarias portal y escaleras

500€ – 1200

Comunidad mediana — SATE fachada

20 viviendas, fachada 400 m², zona D

8000€ – 20.000

Comunidad grande — caldera → aerotermia

40 viviendas, sustitución caldera central 200 kW

15.000€ – 40.000

Rehabilitación integral

SATE + caldera + ventanas en un mismo edificio

25.000€ – 60.000

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Proceso para tramitar el CAE en una comunidad

1

1. Aprobación en junta de propietarios

La comunidad debe aprobar la actuación en junta. Para actuaciones de eficiencia energética, la mayoría requerida varía según la LPH. Conviene llevar un informe técnico previo.

2

2. Contratación y ejecución de la obra

La empresa instaladora debe estar autorizada y emitir la documentación técnica necesaria: facturas, fichas técnicas, boletines de instalación.

3

3. Identificación del propietario del ahorro

La comunidad de propietarios actúa como propietaria del ahorro. Debe designar un representante (normalmente el administrador de fincas) para la tramitación.

4

4. Tramitación del CAE

Un Sujeto Delegado acreditado por el MITECO gestiona la documentación, verificación y solicitud de emisión del CAE en nombre de la comunidad.

5

5. Cobro y distribución

El importe del CAE se transfiere a la cuenta de la comunidad. Puede destinarse a reducir cuotas, constituir el fondo de reserva o cubrir parte de la derrama.

Documentación necesaria

Checklist para comunidades

Acta de la junta de propietarios

Acuerdo de la junta aprobando la actuación y autorizando la tramitación del CAE.

Factura de la empresa instaladora

Factura detallada de los trabajos y materiales, emitida a nombre de la comunidad.

Ficha técnica y certificados del equipo/material

Documentación técnica del fabricante: U-value, SCOP, potencia o coeficiente aplicable.

Fotografías antes y después

Imágenes de la situación previa y posterior a la actuación.

DNI/NIE del presidente o administrador

Identificación del representante legal de la comunidad.

CIF de la comunidad de propietarios

Identificación fiscal de la comunidad.

Preguntas frecuentes

¿Puede una comunidad de propietarios tramitar un CAE?

Sí. Las comunidades de propietarios son propietarias del ahorro cuando la actuación afecta a elementos comunes o al edificio en su conjunto. El importe del CAE se abona a la cuenta de la comunidad.

¿Necesita aprobación de la junta para tramitar el CAE?

La obra en sí debe estar aprobada por la junta, pero la tramitación del CAE es un trámite administrativo posterior que puede gestionar el administrador de fincas o el presidente sin necesidad de una nueva votación.

¿Qué actuaciones generan más CAE en una comunidad?

La sustitución de la caldera central por aerotermia (RES060) y la rehabilitación de la fachada con SATE (RES010) son las que generan los importes más elevados, especialmente en edificios grandes de zonas climáticas D o E.

¿Puede cada vecino tramitar su propio CAE por las ventanas?

Si cada propietario ha pagado las ventanas de su propia vivienda, cada uno puede tramitar su CAE de forma individual. Si la comunidad financió el cambio, el CAE corresponde a la comunidad.

¿Es compatible el CAE con el Plan de Recuperación (fondos NGEU)?

Sí. El CAE es 100% compatible con las ayudas del Plan de Recuperación, el Plan PREE, las ayudas de la Ley de Rehabilitación y cualquier subvención autonómica o municipal. No existe incompatibilidad legal.

¿Cuánto tarda el proceso para una comunidad?

El proceso completo, incluyendo verificación ENAC y resolución MITECO, suele tardar entre 4 y 8 meses. Las actuaciones de mayor volumen pueden requerir algo más de tiempo por la documentación más extensa.

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