Real Decreto 36/2023: Todo lo que Debes Saber

Análisis detallado del Real Decreto 36/2023 que establece el sistema de Certificados de Ahorro Energético en España. Marco legal, obligaciones y funcionamiento.

Última actualización: enero de 2026

Normativa16 de enero de 202612 min
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El RD 36/2023 es la base jurídica del sistema CAE en España. Esta guía te permite leer su estructura con enfoque práctico: qué regula, quién participa, qué obligaciones crea y cómo impacta en la tramitación real de proyectos de eficiencia energética.

Introducción al RD 36/2023

El Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) en España. Fue publicado en el BOE número 21, de 25 de enero de 2023, y entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Puedes consultar el texto consolidado en el BOE oficial.

Este Real Decreto transpone parcialmente la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo sobre eficiencia energética, estableciendo un mecanismo de mercado para impulsar el ahorro energético en el país.

En pocas palabras

Qué regula el RD 36/2023

  • Crea el sistema nacional de certificación del ahorro energético.
  • Define sujetos obligados, delegados y propietarios del ahorro.
  • Establece la verificación independiente y el registro de CAE.
  • Marca plazos y obligaciones de cumplimiento anuales.

Objetivos del Real Decreto

El RD 36/2023 tiene como objetivos principales:

  1. Crear un sistema de certificación del ahorro energético
  2. Establecer obligaciones de ahorro para comercializadoras de energía
  3. Facilitar la inversión en eficiencia energética
  4. Contribuir a los objetivos climáticos de España y la UE

Estructura del Real Decreto

El RD 36/2023 se organiza en varios capítulos:

Capítulo I: Disposiciones generales

  • Objeto y ámbito de aplicación
  • Definiciones clave

Capítulo II: El Certificado de Ahorro Energético

  • Naturaleza jurídica del CAE
  • Condiciones de emisión
  • Registro y transmisión

Capítulo III: Sujetos del sistema

  • Sujetos obligados
  • Sujetos delegados
  • Propietarios del ahorro

Capítulo IV: Obligaciones de ahorro

  • Cálculo de obligaciones
  • Formas de cumplimiento
  • Plazos y verificación

Figuras clave del sistema

Sujeto Obligado

Comercializadoras de energía con obligaciones anuales de ahorro:

  • Comercializadoras de electricidad
  • Comercializadoras de gas natural
  • Operadores al por mayor de productos petrolíferos
  • Operadores de GLP

Sujeto Delegado

Entidad que puede asumir, mediante contrato de delegación, las obligaciones de ahorro de un sujeto obligado. Debe estar acreditada por el MITECO.

Coordinador Nacional

El MITECO actúa como coordinador del sistema, manteniendo el registro nacional de CAE y supervisando su funcionamiento.

Tipos de actuaciones

El RD distingue dos tipos de actuaciones generadoras de ahorro:

Actuaciones estandarizadas

  • Recogidas en un catálogo oficial
  • Fórmulas de cálculo predefinidas
  • Reguladas por la Orden TED/845/2023

Actuaciones singulares

  • Calculadas caso a caso
  • Metodología específica
  • Mayor complejidad de tramitación

Orden TED/845/2023

Esta orden desarrolla el catálogo de medidas estandarizadas de ahorro energético, estableciendo:

El listado actualizado de fichas y revisiones se publica en el catálogo oficial del MITECO.

  • Fichas técnicas por sector (RES, TER, IND, TRA, AGR)
  • Fórmulas de cálculo de ahorro
  • Documentación requerida
  • Requisitos técnicos

Mercado de CAE

Los CAE son bienes muebles negociables:

  • Pueden transmitirse entre sujetos obligados y delegados
  • Tienen un valor de mercado variable
  • Se registran en el sistema nacional

Verificación del ahorro

El sistema requiere verificación independiente:

  • Verificadores acreditados por ENAC
  • Dictamen técnico favorable
  • Validación de cálculos y documentación

Plazos y obligaciones

  • Plazo para solicitar CAE: 2 años desde finalización de la actuación
  • Obligaciones anuales: Fijadas por orden ministerial cada año
  • Período de cumplimiento: Anual

Sanciones

El incumplimiento de las obligaciones puede conllevar sanciones según la Ley 18/2014, de 15 de octubre.

Modificaciones posteriores

El RD 36/2023 ha sido complementado por:

  • Orden TED/845/2023 (catálogo de medidas)
  • Orden TED/197/2025 (obligaciones 2025)
  • Actualizaciones del catálogo de fichas

Consulta el texto completo

El texto íntegro del Real Decreto está disponible en:

BOE-A-2023-2027 - Real Decreto 36/2023

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